SUBVENCIÓN DEL CABILDO DE LANZAROTE PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN 2017

Modalidad: Subvención

Plazo de solicitud: Hasta el 20 de diciembre de 2017




  • Objetivos
  • Beneficiarios
  • Información

Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones ofrecidas por el Área de Empleo del Cabildo de Lanzarote, para fomentar la incorporación y permanencia de trabajadores desempleados en el mercado de trabajo, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena, al mismo tiempo que contribuirá a la mejora de la productividad y competitividad del sector empresarial de la isla.

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en estas bases, los trabajadores autónomos que ejerzan una actividad empresarial o profesional, así como las empresas que tengan la consideración de microempresas y pequeñas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que formalicen un contrato de trabajo conforme a la Base tercera, y reúnan los siguientes requisitos generales:
- Haber iniciado su actividad empresarial antes de la presentación de su solicitud
- Tener el domicilio, sede social o algún centro de trabajo en lanzarote
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el cabildo insular o, en caso de existir deudas, estuvieran aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro
- No estar incurso en el momento de la realización de las contrataciones, en un expediente de regulación de empleo de suspensión o de reducción de jornada
- No haber realizado extinciones de contratos de trabajo por causas disciplinarias u objetivas, declaradas improcedentes por sentencia judicial firme, o en virtud de despido colectivo, en los 12 meses anteriores a la solicitud de la subvención
- No concurrir en las personas o entidades beneficiarias ninguna de las circunstancias para obtenerla condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
- No haber sido sancionada en firme con motivo de las infracciones graves y/o muy graves tipificadas en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
2. Podrán acogerse a estas ayudas, las Sociedades Civiles y las Comunidades de Bienes, con capital íntegramente privado que, aun careciendo de personalidad jurídica, realicen las actuaciones que dan derecho a recibirlas.
3. A los efectos de las presentes bases,se entenderá por trabajador autónomo, microempresa y pequeña empresa, aquellas personas y empresas definidas como tales en los artículos 7 y 8 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Fomento y Consolidación del Emprendimiento, el Trabajo Autónomo y las Pymes en la Comunidad Autónoma de Canarias.

El plazo para la presentación de solicitudes es hasta el 20 de diciembre de 2017.

Puedes consultar las Bases aquí: BBRR FOMENTO CONTRAT CABILDO 2017

Y también la ConvocatoriaConvocatoria Fomento Empleo

Para más información pueden visitar el Área de Empleo del Cabildo de Lanzarote o llamar al 928 59 85 00.