Subvenciones para la financiación de los gastos de funcionamiento de las PYMES canarias obligadas a la suspensión o cierre total de la actividad derivados de las medidas acordadas como consecuencia de la crisis sanitaria generada por la COVID-19

Modalidad: Subvención

Plazo de solicitud: Del 3 al 11 de diciembre de 2020




  • Objetivos
  • Beneficiarios
  • Información

El objeto es financiar los gastos de funcionamiento de las pequeñas y medianas empresas de Canarias, obligadas a la suspensión o cierre total de la actividad por la aplicación de las medidas acordadas por el Gobierno de Canarias como consecuencia de la crisis sanitaria generada por la propagación de la COVID-19.

 

Consulta aquí las bases y convocatoria de la subvención.

Las entidades beneficiarias deberán haber sido obligadas a cerrar o suspender sus actividades como consecuencia del Acuerdo del Gobierno de Canarias, de 20 de agosto de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Estas actividades aparecen relacionadas en el punto 4.2 del citado acuerdo, en concreto: discotecas, salas de baile, y bares de copas.

Las entidades beneficiarias deberán permanecer de alta en su actividad económica al menos seis meses después de la fecha de la resolución de concesión.

Consulta aquí las bases y convocatoria de la subvención.

Solicitudes:

Las solicitudes se podrán presentar durante un plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente al de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias (Del 3 al 11 de diciembre de 2020)
La presentación de solicitudes se realizará a través del procedimiento ubicado en la sede electrónica, al que se accederá aquí .

Serán gastos subvencionables:

a) Cantidades satisfechas en concepto de arrendamientos o créditos hipotecarios asociados al local del negocio donde se desarrolla la actividad económica.
b) Primas de seguro afectas al local de negocio.
c) Suministros corrientes: electricidad, agua y comunicaciones.
d) Gastos de auditoría.
Los gastos devengados hasta el final del mes anterior a la fecha de la entrada en vigor de la medida de cierre de la actividad acordada por el Gobierno de Canarias no serán subvencionables.

Consulta aquí las bases y convocatoria de la subvención.