Subvención para la Consultoría y Certificación Internacional de la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España

Objetivos

El objetivo de esta línea es apoyar a las empresas españolas en la obtención de certificaciones para la comercialización internacional de sus productos y servicios fuera de la UE, con el fin de facilitar el acceso a nuevos mercados y/o clientes, así como mejorar el valor añadido de sus exportaciones.

Beneficiarios

  • Ser una empresa española.
  • Estar inscrita en el Censo IAE, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de solicitud de la ayuda.
  • Estar inscrita en el Censo IAE, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de solicitud de la ayuda.
  •  Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Disponer de producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente En el caso de los servicios, éstos deberán prestarse en el exterior.
  • Tener una facturación superior 300.000 euros en el último ejercicio contable cerrado.
  •  Haber exportado al menos el 5% de la facturación anual acreditada en el punto anterior del presente apartado (sólo si se solicita alguna certificación voluntaria).

Información

Cuantía

Subvención del 80% del presupuesto para apoyar los costes derivados de la obtención de las certificaciones internacionales subvencionables aprobadas.

  • Empresas  con facturación entre 300.001 y 1.000.000 euros: 20.000 euros de ayuda máxima sobre un presupuesto máximo elegible de 25.000 euros.
  • Empresas con facturación entre 1.000.001 y 5.000.000 euros: 75.000 euros de ayuda máxima sobre un presupuesto máximo elegible de 93.750 euros.
  • Empresas con facturación a partir de 5.000.001 euros: 150.000 euros de ayuda máxima sobre un presupuesto máximo elegible de 187.500 euros.

La inversión mínima correspondiente a los gastos que se consideren subvencionables deberá alcanzar, excluido todo tipo de impuestos, la cuantía de 5.000 euros.

En todos los casos, los gastos serán prefinanciados por las empresas beneficiarias, quienes asumirán el 20% de cofinanciación.

Criterios generales respecto a las certificaciones subvencionables. 

 Serán susceptibles de ser cofinanciados los gastos asociados a las certificaciones (homologaciones y registros, incluidos) de productos, servicios y/o gestión de la empresa beneficiaria siempre que ésta se dirija a mejorar la competitividad internacional de la empresa fuera de la UE.

Se podrán admitir certificaciones obligatorias y voluntarias, previa justificación de su aplicación al objetivo anterior.

Las certificaciones y sus gastos asociados deberán estar ejecutados y pagados entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de mayo de 2025.

Gastos subvencionables

  • Gastos de emisión de la certificación.
  • Gastos del registro del producto para su homologación en organismos fuera de la UE.
  • Gastos de consultoría necesarios para llevar a cabo la certificación y/o homologación.
  • Gastos de envío de muestras, de devolución al acabar los ensayos y/o destrucción de las muestras.
  • Gasto de los ensayos de laboratorio (en España o en destino).
  • Gastos de los ensayos o de investigaciones clínicas necesarios para certificar/homologar los productos.
  • Gastos de auditorías, en caso de ser precisas y siempre relacionadas con el proceso de certificación/homologación.
  • Gastos por renovación/mantenimiento de certificados, si bien tendrán carácter prioritario en lo que a apoyo se refiere, certificaciones de primer año.
  • Gastos de traducción de documentos (p.e. manuales de instrucciones) necesarios para la obtención de la certificación/homologación subvencionada.

Plazo de ejecución

Las certificaciones y sus gastos asociados deberán estar ejecutados y pagados entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de mayo de 2025.

Presentación de solicitudes.

El texto de la convocatoria y sus correspondientes Anexos están disponibles en dicha Sede electrónica, en la página web del programa de la Cámara de Comercio de España https://mentoringinternacional.camara.es/linea-certificacion-internacional

Las entidades interesadas sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/tramites/TR0000005996

Sólo se admitirá a trámite la presentación de una solicitud por empresa para la Línea de Ayudas de Certificación Internacional.

Modalidad:

Plazo de Solicitud

Apertura:

28/04/2025

Cierre:

31/05/2025