Prolongación durante 12 meses adicionales la «Tarifa Plana» en la cuota de cotización de la Seguridad Social para 2025

Objetivos

Conceder a la persona trabajadora por cuenta propia residente en Canarias una ayuda adicional a las reducciones previstas en los artículos 31.1, 31.bis.1, 32.1 y 32.bis.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, con respecto al pago de sus cuotas a la Seguridad Social, durante un máximo de doce meses adicionales al periodo de reducción establecido en los citados artículos, tomando como referencia la cotización por la base mínima establecida con carácter general y el tipo mínimo de cotización, vigentes en el mes en el que se haya producido el alta del trabajador autónomo. Todo ello teniendo en cuenta que el periodo subvencionable finalizó el 31 de diciembre de 2024.

Accede al trámite electrónico. En el apartado INFORMACIÓN, puedes consultar todo lo relativo a la solicitud, sus plazos, documentación y normativa.  

Beneficiarios

Personas que hayan causado alta en el RETA o en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta propia agrario entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2022, y cumplan los siguientes requisitos:

a) Que hayan sido beneficiarias de las reducciones previstas en los artículos 31.1, 31 bis.1, 32.1 y 32 bis.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, durante los primeros 12 meses de alta y de las reducciones previstas en el párrafo segundo de los artículos 31.2, 31 bis.2, 32.2 y 32 bis.2 de la misma ley, durante el segundo año de actividad.
b) Que sigan de alta en la Seguridad Social en el régimen por el cual han sido beneficiarias de las reducciones señaladas en el apartado anterior.
c) Que no hayan transcurrido más de 3 meses desde la finalización del periodo de disfrute de las reducciones previstas en el párrafo segundo de los artículos 31.2, 31 bis.2, 32.2 y 32 bis.2.

Accede al trámite electrónico. En el apartado INFORMACIÓN, puedes consultar todo lo relativo a la solicitud, sus plazos, documentación y normativa.  .

Información

Las solicitudes deberán presentarse dentro de los tres (3) meses siguientes a la finalización del periodo de disfrute de las reducciones previstas en el párrafo segundo de los artículos 31.2, 31.bis.2, 32.2 y 32.bis.2 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, y dispondrán de los siguientes PLAZOS:

  • Ejercicio 2023: podrán solicitar las subvenciones las personas que hayan finalizado el segundo año de actividad a partir del 1 de octubre de 2022.

Primer periodo: desde el 1 de enero de 2023 o desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias hasta el 31 de marzo.
Segundo periodo: desde el 1 de abril hasta el 30 de junio.
Tercer periodo: desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre.
Cuarto periodo: desde el 1 de octubre hasta el 31 de octubre.

  • Ejercicio 2024:

Primer periodo: desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo.
Segundo periodo: desde el 1 de abril hasta el 30 de junio.
Tercer periodo: desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre.
Cuarto periodo: desde el 1 de octubre hasta el 31 de octubre

Solicitudes . –

1. Las personas interesadas en concurrir a las subvenciones que se convocan deberán presentar y formular la solicitud en el modelo oficial que estará a disposición de los interesados, en la sede electrónica del SCE: https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/6220 y acompañar la misma con los documentos requeridos.

2. Otra documentación:
a) Acreditación de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS, que se realizará mediante declaración responsable, según lo establecido en el artículo 26 RLGS.
b) Declaración en la que se hagan constar las subvenciones, ayudas ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad o, en su caso, una declaración expresa de no haberlas solicitado. Además, deberá comunicar por escrito la solicitud y/o concesión de otras subvenciones, ayudas ingresos o recursos o las nuevas situaciones que puedan producirse al respecto. Se indicará asimismo si están acogidas al régimen de minimis.
c) Informes de bases y cuotas ingresadas a la Seguridad Social de los tres últimos años cotizados, disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social.

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Para consultas específicas sobre esta ayuda: subvencionesautonomos@itccanarias.org

Modalidad:

Plazo de Solicitud

Apertura:

17/02/2025

Cierre:

31/03/2025