Subvención destinadas a mantener, reactivar e impulsar la actividad artesanal en Canarias

Objetivos

Convocar en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2026 la concesión de subvenciones destinadas a mantener, reactivar e impulsar la actividad artesanal en Canarias, en el marco de las bases reguladoras.

Beneficiarios

Personas físicas o jurídicas que, a la fecha de la solicitud, cuenten con el carné de artesano o documento de calificación de empresa artesana en vigor, así como las asociaciones profesionales de artesanos. El órgano concedente verificará, con anterioridad a la propuesta de resolución, la inscripción en el Registro de Artesanía de Canarias, en situación de alta.

También podrán acogerse las entidades locales, así como las asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro legalmente constituidas y que tengan como finalidad principal, y así conste en sus estatutos, escritura o acta de constitución, el desarrollo de actividades o actuaciones que supongan o impliquen el fomento, la promoción y el desarrollo de la actividad de la artesanía canaria.

Información

Actuaciones subvencionables

 

1.Gastos corrientes:

a) La asistencia de las personas o las empresas artesanas para participar en ferias o eventos comerciales, expositivos y promocionales, fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, en lo sucesivo denominados genéricamente ferias.

b) La asistencia de las personas o las empresas artesanas a cursos o actividades formativas, relacionadas con el fomento de la creatividad, la producción y la comercialización del producto artesanal.

c) Actividades a realizar por las entidades locales, las asociaciones profesionales de personas artesanas y las asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro, relacionadas con la organización de cursos y seminarios sobre perfeccionamiento en el oficio, informática básica y aplicada, técnicas de calidad, comercialización, marketing, diseño, gestión empresarial, o cualquier otra materia relacionada con la producción y comercialización de la artesanía.

2.Gastos de inversión:

a) La creación, ampliación y/o modernización de talleres de artesanía.

b) La mejora de la calidad productiva y de la actividad comercial, y diversificación de la producción.

c) Actividades a realizar por las entidades locales, las asociaciones profesionales de artesanía y por las asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro, relacionadas con la organización de ferias de artesanía de ámbito igual o inferior a la isla. La totalidad de los participantes deberán estar inscritos en el RAC y disponer del correspondiente carnet o acreditación en vigor.

Cuantía

 

1.Gastos corrientes:

a) 100% de subvención sobre los gastos aprobados, (subv. máxima 2.000 euros Ferias territorio nacional, fuera de Comunidad Autónoma de Canarias y sub. máxima 4.000 euros Ferias Internacionales)

b) 100% de subvención sobre los gastos aprobados, (subv.máxima 2.000 euros)

c) 50% de subvención sobre gastos aprobados, (subv.máxima 15.000 euros)

2. Gastos de inversión:

a) 80% de subvención sobre los gastos aprobados, (subv.máxima 20.000 euros),

b) 80% de subvención sobre los gastos aprobados, (subv. máxima 6.000 euros),

c) 50% de subvención sobre los gastos aprobados (subv. máxima 25.000 euros).

 

Inicio y finalización de las actuaciones

El inicio del periodo subvencionable comienza el 1 de enero de 2026 y el plazo de ejecución del proyecto subvencionado finalizará el 31 de octubre de 2026.

El plazo de justificación de la actuación subvencionada finalizará el 15 de noviembre de 2026.

 

Pide CITA para informarte sobre la subvención en nuestro Punto de Información de Subvenciones:

Jeyson Gómez: jgomez@camaralanzarote.org | 928 82 41 61 extensión 4600

 

Modalidad:

Plazo de Solicitud

Hora límite: 14:00 h

Apertura:

21/03/2026

Cierre:

21/04/2026