Ayudas al alquiler de vivienda del Gobierno de Canarias

Plazo de solicitud: Del 18 de enero al 05 de marzo de 2021




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La ayuda al alquiler es una subvención que concede el Gobierno de Canarias, con la cofinanciación del Estado a través del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. La ayuda tiene por objeto facilitar el disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios.

Modalidades:

Existen dos modalidades de la subvención: 

  • Ayudas al alquiler, modalidad general.  
  • Ayudas al alquiler para menores de 35 años, modalidad joven.

Requisitos: 

1. Ser titular de un contrato de arrendamiento de una vivienda ubicada en territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinada a domicilio habitual y permanente. 

En la modalidad joven, para menores de 35 años, no es necesario disponer del contrato de arrendamiento de la vivienda en el momento de la solicitud de la subvención, teniendo como plazo para suscribirlo hasta la fecha en que acepte la subvención. 

 2. Los ingresos de la unidad de convivencia deben ser limitados.

La limitación del nivel de ingresos económicos de la unidad de convivencia se determina según un umbral, consistente en un número de veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). 

3. Limitación del importe del alquiler.

Con carácter general, la renta máxima del alquiler deberá ser igual o superior a 500€ mensuales. 

Se incrementará el límite de la renta máxima mensual de la vivienda objeto de arrendamiento, hasta alcanzar 600€ mensuales, en los supuestos de:

  • familias numerosas,
  • unidades de convivencia que incluyan a personas con discapacidad.

 4. Las personas que tengan su domicilio en la vivienda arrendada han de ser de nacionalidad española o, en caso de extranjeros, tener residencia legal en España.

 5. Estar al corriente del pago mensual de la renta del alquiler de la vivienda. 

 6. La justificación del pago del alquiler a través de entidad financiera o de crédito.

Excepcionalmente, se admitirá para los justificantes correspondientes a 2020 y hasta el mes posterior a la publicación de la convocatoria, la presentación de recibos de pago en metálico hasta un máximo de 3.000€.  

 7. Los titulares del contrato de arrendamiento han de ser mayores de edad y, en caso de optar a la modalidad “joven” tener, TODOS los miembros de la unidad de convivencia, menos de 35 años en el momento de solicitar la ayuda.

Condiciones excluyentes:

  • Que cualquier persona de la unidad de convivencia sea propietaria o usufructuaria de alguna otra vivienda en España.
  • Que cualquiera de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada tenga parentesco en primer o segundo grado de consanguineidad o de afinidad con quien arrienda la vivienda.
  • Que cualquiera de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada sea socia o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendadora.

Cuantía de la subvención:

La cuantía de la subvención se determina multiplicando los porcentajes abajo detallados por el número de mensualidades abonadas durante 2020 y 2021, siempre y cuando se cumplan los requisitos para su obtención.

Plazo de presentación:

El plazo para presentar la solicitud de ayuda se abre el 18 de enero y se cierra el 05 de marzo de 2021.